Libro blanco sobre Seguridad Alimentaria
COMISIÓN DE LAS
COMUNIDADES EUROPEAS
Bruselas, 12.1.2000
COM (1999) 719 final
LIBRO BLANCO SOBRE
SEGURIDAD ALIMENTARIA
reproducción parcial del documento
RESUMEN
Una de las principales
prioridades estratégicas de la
Comisión es velar por los más elevados niveles de seguridad alimentaria
en la UE. El
presente Libro Blanco traduce esta prioridad y propone un planteamiento
radicalmente nuevo. Este proceso está motivado por la necesidad de garantizar
un alto grado de seguridad alimentaria.
Organismo
alimentario europeo
las partes interesadas a
que nos remitan sus opiniones hasta finales de abril. La Comisión presentará
posteriormente una propuesta legislativa definitiva.
Legislación sobre
seguridad alimentaria
El establecimiento de un
Organismo independiente debe ir acompañado de una amplia serie de medidas de
otro tipo destinadas a mejorar y a dar coherencia al corpus legislativo que se aplica
a todos los aspectos de la producción de alimentos, «de la granja al
consumidor».
Las últimas décadas han
conocido cambios extraordinarios, tanto en los métodos de producción y de
transformación de los alimentos como en los controles necesarios para garantizar
el respeto de normas de seguridad aceptables. Así pues, es obvio que hay que actualizar
la legislación europea en vigor en diversos ámbitos. Se propondrá un nuevo
marco jurídico basado en el Libro Verde de la Comisión sobre la legislación
alimentaria (COM(97)176 final) y en las consultas realizadas posteriormente.
Éste cubrirá el conjunto de la cadena alimentaria, incluida la producción de
alimentos para animales, establecerá un nivel elevado de protección de la salud
de los consumidores y atribuirá claramente la responsabilidad de la producción
de alimentos seguros a la industria, a los productores y a los proveedores. Se
instaurarán controles oficiales apropiados a escala nacional y europea. Uno de
los aspectos esenciales será la posibilidad de seguir los productos a lo largo
de todos los eslabones de la cadena alimentaria. La política de seguridad
alimentaria se basará en el recurso al asesoramiento científico, aplicándose el
principio de precaución llegado el caso. Otro elemento importante será la
posibilidad de adoptar medidas de salvaguardia rápidas y eficaces para hacer
frente a las emergencias sanitarias en el conjunto de la cadena alimentaria.
Las propuestas relativas
al sector de la alimentación animal garantizarán que sólo se empleen las
materias adecuadas en su producción y un control más eficaz de la utilización
de aditivos.
Se abordarán algunas
cuestiones sobre la calidad de los alimentos, incluidos los aditivos y los aromas
alimentarios, así como las indicaciones sobre aspectos sanitarios, al tiempo
que se mejorarán los controles aplicados a los nuevos alimentos.
La reciente crisis de la
dioxina ha puesto claramente de manifiesto los riesgos relacionados con la
contaminación de los alimentos. Se tomarán medidas para actuar en los ámbitos
en los que se debe mejorar la legislación vigente en este sector para
garantizar una protección adecuada.
Controles de la
seguridad alimentaria
La experiencia adquirida
por el propio servicio de inspección de la Comisión , que se desplaza regularmente a los
Estados miembros, ha mostrado que las modalidades de puesta en práctica y
aplicación de la legislación comunitaria son muy variadas, lo que significa que
los consumidores no pueden tener la certeza de disfrutar del mismo nivel de
protección en el conjunto de la
Comunidad , además de dificultar la evaluación de la eficacia
de las medidas adoptadas por las autoridades nacionales. Se propone definir, en
colaboración con los Estados
miembros, un marco
comunitario para el desarrollo y la gestión de los sistemas nacionales de control
que aproveche las mejores prácticas existentes y la experiencia de los
servicios de inspección de la
Comisión. Este marco se basará en criterios acordados sobre
los resultados de estos sistemas, y conducirá a orientaciones claras sobre su
funcionamiento.
Como complemento de los
controles a escala comunitaria, se desarrollarán procedimientos de aplicación
más rápidos y fáciles de emplear que se añadirán a los actuales procedimientos
de
infracción.
Se ampliarán los
controles de las importaciones en las fronteras hasta abarcar al conjunto de productos
destinados a la alimentación animal y humana, y se adoptarán medidas para mejorar
la coordinación de los puestos de inspección.
Información de los
consumidores
Convencer a los
consumidores de que la acción propuesta en el Libro Blanco conduce a una verdadera
mejora de las normas de seguridad alimentaria exige que éstos estén bien informados.
La Comisión
y el nuevo Organismo alimentario europeo, fomentarán el diálogo con los
consumidores con objeto de impulsar su participación en la nueva política de seguridad
alimentaria. Al mismo tiempo, es preciso facilitar a los consumidores información
de mayor calidad sobre los problemas que puedan afectar a la seguridad de los
alimentos y de los riesgos que plantean algunos alimentos para determinados
grupos.
Los consumidores tienen
derecho a esperar información útil y clara sobre la calidad y los ingredientes
de los alimentos, para poder elegir así con conocimiento de causa. Se
presentarán propuestas sobre el etiquetado de alimentos basadas en las normas
existentes. Se explicará a los consumidores la importancia de una dieta
equilibrada y su incidencia sobre la salud.
Dimensión
internacional
Conclusiones
La aplicación de todas
las medidas propuestas en el Libro Blanco posibilitará una organización más
coordinada e integrada de la seguridad alimentaria dirigida a lograr el máximo
nivel posible de protección de la salud.
Llegado el caso se
revisará y modificará la legislación para dotarla de mayor coherencia, actualizarla
y hacerla más completa. Se fomentará su aplicación a todos los niveles.
El éxito de las medidas
propuestas en este Libro Blanco está ligado intrínsecamente al apoyo del
Parlamento Europeo y del Consejo. Su puesta en práctica dependerá del
compromiso de los Estados miembros. El Libro Blanco invita asimismo a la
participación activa de todos los integrantes del sector alimentario, primeros
responsables de la aplicación cotidiana de los requisitos en materia de
seguridad alimentaria.
El principio que rige el
Libro Blanco es la transparencia a todos niveles de la política en materia de
seguridad alimentaria, lo que contribuirá sin duda alguna a aumentar la
confianza de los consumidores en la política de la UE en este ámbito.
CAPÍTULO
1: INTRODUCCIÓN
1. La política
alimentaria de la Unión
Europea ha de basarse en normas rigurosas de seguridad
alimentaria que sirvan para proteger y fomentar la salud de los consumidores.
La producción y el consumo de alimentos son esenciales en cualquier sociedad, y
tienen repercusiones económicas, sociales y, en numerosos casos, medioambientales.
Si bien la protección de la salud es siempre prioritaria, estos aspectos
también han de tenerse en cuenta en el desarrollo de la política alimentaria.
Además, el estado y la
calidad del medio ambiente, en especial de los ecosistemas, puede afectar a
distintos eslabones de la cadena alimentaria, por lo que la política medioambiental
desempeña un papel importante a la hora de garantizar unos alimentos sanos para
los consumidores.
2. El sector
agroalimentario tiene gran importancia en el conjunto de la economía europea.
La industria productora de alimentos y bebidas es uno de los sectores industriales
más destacados de la UE ,
con una producción anual valorada en casi 600.000 millones de €, es decir,
cerca del 15 % de la producción industrial total. Una comparación internacional
muestra que la UE
es el mayor productor mundial de productos alimenticios y bebidas. Esta
industria es el tercer mayor empleador en el sector industrial, y ocupa a más
de 2,6 millones de empleados, un 30 % de los cuales trabajan en pequeñas y
medianas empresas. Por otro lado, el sector agrícola tiene una producción anual
de cerca de 220.000 millones de € y proporciona el equivalente a 7,5 millones
de puestos de trabajo a tiempo completo. Las exportaciones de productos
alimenticios y bebidas ascienden a 50 000 millones de € al año. La importancia
económica y la ubicuidad de los alimentos en nuestra vida sugieren que la
seguridad alimentaria ha de ser uno de los principales intereses del conjunto
de la sociedad y, especialmente, de los poderes públicos y de los productores
del sector.
3. Los consumidores
deberían poder acceder a una amplia gama de productos seguros y de elevada
calidad procedentes de todos los Estados miembros. Ésta es una función esencial
del mercado interior. Cada vez es mayor la complejidad de la cadena de producción
de alimentos; cada uno de sus eslabones debe tener idéntica solidez a fin de
proteger adecuadamente la salud de los consumidores. Este principio ha de aplicarse
con independencia de que los alimentos sean producidos en la Comunidad Europea
o se importen de terceros países. Una política efectiva de seguridad alimentaria
debe reconocer la naturaleza interdependiente de la producción de alimentos.
Exige determinar y supervisar los riesgos para la salud de los consumidores
vinculados con las materias primas, las prácticas agrícolas y las actividades
de procesamiento de alimentos, requiere medidas reglamentarias eficaces para
gestionar estos riegos y hace necesario el establecimiento y funcionamiento de sistemas
de control para supervisar y garantizar la aplicación de dichas reglamentaciones.
Cada elemento forma parte de un ciclo; los avances en el procesamiento de alimentos
pueden exigir cambios en las normas existentes, mientras que las respuestas de
los sistemas de control pueden contribuir a detectar y afrontar riesgos
potenciales o reales. Cada parte del ciclo ha de funcionar a fin de poder
asegurar el cumplimiento de las más estrictas normas en materia de seguridad
alimentaria.
4. Estos hechos exigen,
por lo tanto, un enfoque global e integrado en materia de seguridad
alimentaria. Lo anterior no significa que la UE deba ser la única
responsable de todos los
aspectos de la seguridad alimentaria, si bien exige que éstos se aborden a
nivel comunitario. Por ejemplo, la legislación de la UE debe poderse aplicar de
manera eficaz en los Estados miembros de conformidad con el principio de
subsidiariedad. La
responsabilidad de la garantía de la aplicación de las disposiciones debería
corresponder, en primer término, a las instancias nacionales, regionales y locales.
Sin embargo, el mercado interior implica que ya no hay únicamente responsabilidades
nacionales: cada Estado miembro está obligado respecto a todos los ciudadanos
de la Unión Europea
-no sólo respecto a sus propios ciudadanos- y de terceros países por lo que
respecta a los alimentos producidos en su territorio.
5. Es preciso recalcar
que la cadena alimentaria europea es una de las más seguras del mundo y que,
por lo general, el sistema actual ha funcionado bien. Las medidas de seguridad
alimentaria vienen formando parte del acervo de normas europeas desde los
primeros días de la Comunidad. Históricamente , estas medidas se han desarrollado
principalmente desde una base sectorial. Sin embargo, la creciente integración
de las economías nacionales en el mercado único, los avances agrícolas y en la
transformación de alimentos, así como los nuevos patrones de manipulación y distribución
hacen necesario el nuevo planteamiento que se esboza en este Libro Blanco.
Los sistemas de seguridad
alimentaria de la Comunidad
y de los Estados miembros se han visto sometidos a presiones sin precedentes
durante las recientes emergencias relacionadas con productos de alimentación
humana y animal. Estas emergencias han puesto de manifiesto deficiencias que
exigen medidas por parte de las autoridades responsables (Comisión, Estados
miembros y Parlamento) destinadas a reforzar, mejorar y proseguir el desarrollo
de los sistemas existentes.
6. Es preciso reforzar la
coordinación e integración de la manera en que se organiza la seguridad
alimentaria, lo que permitirá abordar las deficiencias existentes al tiempo que
creará un marco de seguridad alimentaria en vanguardia a nivel mundial capaz de
garantizar un nivel elevado de salud pública y de protección de los
consumidores conforme a las prescripciones del Tratado CE. No obstante, ni
siquiera el sistema más completo puede funcionar sin la colaboración plena de
todas las partes interesadas. El correcto funcionamiento de todo sistema
depende de manera decisiva del compromiso de los Estados miembros y de los
interesados, así como de los terceros países.
7. La Unión Europea debe
restablecer la confianza de los ciudadanos en su oferta de alimentos, en la
ciencia y la legislación alimentaria y en sus controles en éste ámbito.
El presente Libro Blanco
sobre Seguridad Alimentaria esboza una amplia gama de acciones necesarias para
completar y modernizar la actual legislación alimentaria de la UE , hacerla más coherente,
comprensible y flexible, fomentar una mejor aplicación de la misma y
proporcionar mayor transparencia a los consumidores.
Todo ello en respuesta a
las conclusiones del Consejo Europeo de Helsinki celebrado en diciembre de
1999.
Ya han tenido lugar
extensas consultas y debates sobre las mejoras de la legislación alimentaria de
la UE derivadas
del Libro Verde sobre los principios generales de la legislación alimentaria
(COM(97) 176 final). El presente Libro Blanco recoge los cambios propuestos por
la Comisión
en este ámbito. No obstante, la
Comisión propone asimismo, como medida suplementaria, la
creación de un Organismo alimentario europeo. Desea generar un debate público,
recibir comentarios fundamentados y lanzar una consulta de gran envergadura
sobre esta propuesta, por lo que invita a las partes interesadas a presentar
sus comentarios sobre el capítulo 4 del presente Libro Blanco antes de finales
de abril de 2002.
CAPÍTULO
2: PRINCIPIOS DE SEGURIDAD ALIMENTARIA
El presente Libro Blanco presenta propuestas que transformarán la
política alimentaria de la UE
en un instrumento anticipador, dinámico, coherente y global con el propósito de
velar por un nivel elevado de salud de las personas y de protección de los
consumidores.
8. El principio rector de
todo el Libro Blanco es que la política de seguridad alimentaria debe basarse
en un planteamiento global e integrado: es decir, a lo largo de toda la cadena
alimentaria1 («de la granja al consumidor»); en todos los
sectores de la alimentación; entre los Estados miembros; en la UE y en sus fronteras
exteriores; en los foros internacionales y comunitarios de toma de decisiones,
y en todas las etapas del ciclo de elaboración de políticas. Los pilares de la
seguridad alimentaria incluidos en este Libro Blanco (asesoramiento científico,
recopilación y análisis de datos, aspectos reglamentarios y de control, así
como información al consumidor) deben formar un conjunto uniforme para lograr
este planteamiento integrado.
9. Conviene definir con
claridad los papeles de cada uno de los participantes en la cadena alimentaria
(fabricantes de alimentos para animales, agricultores, productores o
manipuladores de alimentos destinados al consumo humano; autoridades competentes
en los Estados miembros y en terceros países; Comisión; consumidores): los
primeros son los responsables principales de la seguridad alimentaria;
las autoridades competentes controlan y garantizan el cumplimiento de esta
obligación a través de los sistemas nacionales de vigilancia y control, y la Comisión se centra en la
evaluación de la capacidad de las autoridades competentes para proporcionar
estos sistemas mediante auditorías e inspecciones a nivel nacional.
Los consumidores han de
reconocer, asimismo, que a ellos les compete la responsabilidad de almacenar,
manipular y cocinar los alimentos de manera apropiada. De esta manera, esta política
«de la granja al consumidor», que abarca todos los segmentos de la cadena
alimentaria -como la producción de alimentos para animales, la producción
primaria, la transformación de los alimentos, el almacenamiento, el transporte
y la venta minorista-, se pondrá en práctica de manera sistemática y coherente.
10. Una política
alimentaria eficaz exige un sistema de rastreabilidad de los alimentos destinados
al consumo animal y humano y de sus ingredientes. Conviene introducir procedimientos
adecuados para facilitar dicha rastreabilidad, entre los que cabe mencionar la
obligación de las empresas productoras de los alimentos citados de aplicar
procedimientos adecuados para retirar dichos alimentos del mercado cuando exista
un riesgo para la salud de los consumidores. Asimismo, los operadores deberían conservar
registros adecuados de los proveedores de materias primas y de ingredientes
para poder determinar la fuente de los posibles problemas. Sin embargo, es
preciso recalcar que una rastreabilidad inequívoca de los alimentos destinados
al consumo animal y humano y de sus ingredientes es una cuestión compleja en la
que se debe tener en cuenta la especificidad de los distintos sectores y
productos.
1 En este Libro Blanco, el término
«cadena alimentaria» abarca la totalidad de la cadena de alimentos para humanos
y animales.
11. Este planteamiento
global e integrado propiciará una política alimentaria más coherente, eficaz
y dinámica, y resolverá las insuficiencias derivadas del enfoque actual,
sectorial y rígido, que han limitado su capacidad de abordar rápidamente y con
flexibilidad los riesgos para la salud de los ciudadanos. Esta política habrá
de someterse a una revisión constante y, llegado el caso, deberá modificarse
para resolver los fallos, dar respuesta a los nuevos peligros y adaptarse a los
nuevos avances en la cadena de producción. Al mismo tiempo, este planteamiento
debe desarrollarse de manera transparente, fomentando la participación
de todos los interesados y permitiéndoles hacer contribuciones eficaces para
nuevos avances. El nivel de transparencia ya alcanzado mediante la divulgación
de los dictámenes científicos y de los informes de inspección deberá extenderse
a otras áreas relacionadas con la seguridad alimentaria.
12. El análisis del
riesgo debe ser la base de la política de seguridad alimentaria. La UE ha de basar su política
alimentaria en la aplicación de los tres componentes del análisis del riesgo:
determinación del riesgo (asesoramiento científico y análisis de datos),
gestión del riesgo (reglamentación y control) y proceso de comunicación sobre
el riesgo.
13. La Comisión seguirá
utilizando los mejores conocimientos científicos disponibles en el desarrollo
de sus medidas de seguridad alimentaria. El capítulo 4 versa sobre la organización
del asesoramiento científico independiente y el papel del nuevo Organismo
alimentario europeo a la hora de proporcionar dichas recomendaciones.
14. Llegado el caso, el principio
de precaución se aplicará en las decisiones de gestión del riesgo. La Comisión tiene previsto
presentar una Comunicación al respecto.
15. En el proceso de toma
de decisiones de la UE
se pueden tener en cuenta, asimismo, otros factores legítimos pertinentes
para la protección de la salud de los consumidores y el fomento de las buenas
prácticas en el sector de la alimentación. En estos momentos se está estudiando
a nivel internacional, especialmente en el Codex Alimentarius, la definición
del alcance de dichos factores legítimos, entre los que cabe citar, por ejemplo
las consideraciones medioambientales, el bienestar animal, la agricultura
sostenible, las expectativas de los consumidores sobre la calidad de los productos,
la información correcta y la definición de las características esenciales de los
productos y de sus métodos de transformación y producción.
Descárgate el Libro Blanco sobre Seguridad Alimentaria de la Comunidad Europea:
https://www.dropbox.com/s/t0e8s9wtzppedtc/libro_blanco_de_la_comunidad_europea.pdf